El Supremo Tribunal Federal pospone la sentencia de constitucionalidad del art. 40, párrafo único de la LPI

31 dez 1969
Escritório de advocacia Propriedade Intelectual RJ, SP

El Supremo Tribunal Federal pospone la sentencia de constitucionalidad del art. 40, párrafo único de la LPI, pero el relator, Min. Dias Toffoli, otorgó parcialmente un requerimiento para suspender la efectividad del dispositivo con relación a nuevas patentes sobre productos y procesos farmacéuticos y sobre equipos y / o materiales para uso en salud. 

 El juicio largamente esperado de la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) No. 5529, que decidirá sobre la constitucionalidad del párrafo único del artículo 40 de la LPI, prevista para comenzar el 7 de abril de 2021, fue aplazada por el Supremo Federal, por sentencia de otra acción constitucional relacionada con el combate a la pandemia del COVID-19. 

Sin embargo, como la Procuraduría General de la República, la demandante, había solicitado una medida cautelar para suspender provisionalmente la vigencia del párrafo único del artículo 40 de la LPI, que fija el plazo mínimo de vigencia de las patentes en 10 años, por posibles retrasos en el análisis de las solicitudes por parte del INPI, el ministro Dias Toffoli, ponente de la acción, otorgó parcialmente la medida cautelar requerida para suspender la vigencia de la disposición legal respecto a “patentes relacionadas con productos y procesos farmacéuticos y equipos y/o materiales para uso en salud”, hasta la sentencia definitiva sobre el fondo de la acción. 

 En la práctica, la decisión del ministro Toffoli solo impide que se otorguen nuevas patentes farmacéuticas en conformidad con el dispuesto en el párrafo único del art. 40 de la LPI, dada la mención del ponente a los efectos prospectivos de la medida cautelar. La decisión del ministro Toffoli es provisional y debe ser avalada por el Pleno de la Corte Suprema, que podrá mantenerla o removerla. 

Finalmente, por las razones de la referida decisión, el ministro Toffoli dio a conocer su voto sobre el fondo de la ADI nº 5529 y, a su juicio, la disposición del párrafo único del art. 40 de la LPI, que establece un plazo mínimo de 10 años para la protección de las patentes viola la Constitución Federal y, por lo tanto, no debe mantenerse en el ordenamiento jurídico nacional. Sin embargo, la sentencia de fondo de la demanda aún está lejos de concluirse, ya que los 10 ministros restantes de la Corte aún deberán dar su opinión al respecto y se espera que el juicio se reanude a partir del 14 de abril. 

Autores: Leonardo Cordeiro y Pedro Bastos